Recuerde lo siguiente sobre los certificados o constancias de capacitación:
Recuerde lo siguiente sobre la Certificación de Competencias Laborales:
Necesita contar con su documento de identidad a la mano para ingresar datos que figuran en su documento de identidad.
Necesita presentar, en formato PDF, el certificado de antecedentes penales solo en caso que la interoperabilidad en el sistema no permita obtener los datos necesarios para evaluar el cumplimiento del requisito obligatorio para la inscripción y renovación, previsto en el literal c) del numeral 6.1. del artículo 6 del Reglamento del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC, aprobado mediante D.S. N° 009-2016-TR.
Para acreditar la experiencia laboral en la actividad de construcción civil, necesita presentar, en formato PDF, el Certificado o la Constancia de trabajo, respecto a las obras en las que hubiera laborado dentro de los dos (02) años anteriores a la presentación de su solicitud; los mismos que deberán precisar la identificación del empleador, fecha de inicio y fin del vínculo, y el puesto u ocupación desempeñado.
En caso que, no cuente con los certificados o constancias de trabajo correspondientes, podrá presentar, en formato PDF, las boletas de pago de remuneraciones u otro documento idóneo expedido por el empleador que evidencie la realización de labores en la actividad de construcción civil.
Para acreditar su trayectoria formativa, debe presentar, en formato PDF, los Certificados o las Constancias de Capacitación relacionados a la actividad de construcción civil, los cuales pueden ser emitidos por SENCICO u otras entidades públicas o privadas, habilitadas por el Sector Educación.
Asimismo, para acreditar su trayectoria formativa, es válido presentar, en formato PDF, certificados o constancias de capacitación emitidos por empresas de construcción civil siempre que cuenten con cinco (5) o más obras inscritas en el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil (RENOCC) durante los tres (3) años anteriores a la expedición del certificado y que el trabajador haya realizado labores en dicha empresa acordes con la capacitación recibida (en este caso corresponde presentar documentos, en formato PDF, que acrediten dicha experiencia laboral).
Recuerde lo siguiente sobre los certificados o constancias de capacitación:
Para la categoría de Oficial y Operario: los certificados o constancias deben acreditar treinta y dos (32) horas de capacitación; mientras que para la categoría de Peón: se requiere acreditar como mínimo dieciséis (16) horas.
Cuando la materia de la capacitación es en seguridad y salud en el trabajo, los certificados o constancias son computables hasta por un máximo de dieciséis (16) horas.
Los certificados o constancias de capacitación pueden ser acumulados para cumplir el mínimo requerido de horas, pero no deben contar con una antigüedad mayor a cuatro (4) años a la fecha de la tramitación de la solicitud respectiva.
Alternativamente, para acreditar su trayectoria formativa, puede presentar, en formato PDF, los Certificados o constancias de estudios que acrediten que ha culminado estudios a nivel superior en una especialidad relacionada al sector de construcción civil.
Y si usted es operario de alta especialización sujeto al régimen laboral de construcción civil, puede acreditar su trayectoria formativa, con la presentación, en formato PDF, de certificados emitidos por empresas internacionales, siempre que acredite la percepción de la bonificación por alta especialización, o la prestación de actividades relacionadas con dicho certificado, presentando documentos, en formato PDF, que acrediten lo anterior.
Alternativamente, para acreditar su trayectoria formativa, puede presentar, en formato PDF, un certificado de Certificación de Competencias Laborales emitida por SENCICO u otras entidades públicas o privadas, habilitadas para capacitar o certificar las competencias laborales en la actividad de construcción civil. Dicho certificado para que se considere válido debe:
*No resulta exigible la presentación de los documentos que acrediten la trayectoria formativa cuando se acredita la experiencia laboral en la actividad de construcción civil en los últimos veinticuatro (24) meses a la fecha del trámite, por el periodo de nueve (9) meses para el caso del operario y oficial, y de seis (6) meses para el caso del peón.
Atención: La vigencia de la renovación en el RETCC para el caso de extranjeros, se fija de acuerdo a la vigencia de la calidad migratoria habilitante para trabajar en el Perú, sin exceder los dos (02) años.
*En caso de extranjeros que realicen la renovación en el RETCC, con motivo de la prórroga o cambio de su calidad migratoria habilitante, durante el primer año contado desde la incorporación al Registro, no resulta exigible la presentación de los documentos que acrediten la experiencia laboral en la actividad de construcción civil, ni la presentación de los documentos que acrediten la trayectoria formativa.
CÓDIGO | RUC | RAZÓN SOCIAL |
---|
RUC | RAZÓN SOCIAL |
---|